Esta venta fue con motivo de un adeudo tal como se expresa en el apartado del expediente siguiente:
Se concede licencia a los Naturales del pueblo de Cocula para que pasen a formalizar y otorgar los instrumentos necesarios de venta del rancho que se expresa a Don Juan de Soto y Acuña por la cantidad de pesos que le deben, como se refiere.
Fondo: Indios. Vol 40. Exp. 158. Foja 225. 1717. AGN.
Este documento va dirigido a Juan García, por el Gobernador, Alcaldes y Oficiales de la República de Común y Naturales de Cocula de la provincia de Iguala. Donde le mencionan que tienen el gravamen de un débito por un mil ochocientos y setenta pesos con Don Juan de Soto, vecino y labrador de esta provincia.
Ibid.
El dinero prestado fue ocupado para la reedificación de la iglesia de Cocula, compra de retablos, un órgano y otras cosas necesarias para la decencia del culto divino.
Ibid. Foja 225.
A pesar de que la comunidad poseía seis sitios que podrían rentar a Juan de Soto, esto no sería suficiente para evitar mayores débitos, por lo que el Común determinó enajenar uno de los sitios, el nombrado Atlixtac, que se compone de ganado mayor.
Ibid.Al hacer el evalúo del sitio de Atlixtac con la cantidad estimada se saldaba la deuda y había un excedente de seiscientos setenta pesos. Lo anterior satisfizo a de Soto y a los pobladores de Cocula que quedaban libres de la obligación de pagar más débito. Por lo que con fecha del 10 de julio de 1717 se autorizaba hacer el contrato para la entrega del sitio de Atlixtac.
Ibid. Foja 227.
Para saber que sucedió después con el rancho de Atlixtac pueden consultar el artículo que publiqué el 5 de agosto de 2021 en este blog, titulado: LA HACIENDA DE ATLIXTAC EN LA NUEVA ESPAÑA.
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